Estatuto de limitaciones de California

Anderson Franco Law Team

El estatuto de limitaciones de lesiones personales es un límite de tiempo legal dentro del cual una parte lesionada debe presentar un reclamo de compensación por sus lesiones. Este límite de tiempo está establecido para garantizar que las reclamaciones por lesiones personales se presenten de manera oportuna y para proteger a los demandados de la carga de defenderse contra reclamaciones obsoletas. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1)

En California, el estatuto de limitaciones para los casos de lesiones personales es generalmente de dos años a partir de la fecha de la lesión. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) Esto significa que una demanda por lesiones personales generalmente debe presentarse dentro de los dos años posteriores a la fecha de la lesión para que sea considerada por el tribunal. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1)

Es importante estar al tanto del estatuto de limitaciones de lesiones personales en California y presentar un reclamo dentro del plazo apropiado para preservar su derecho a buscar una compensación por sus lesiones. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) En este artículo, exploraremos el estatuto de limitaciones de lesiones personales en California, incluidas las excepciones a la regla general y las consecuencias de no presentar un reclamo dentro del plazo apropiado. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) También le proporcionaremos consejos para garantizar que su reclamo por lesiones personales se presente de manera oportuna.

Estatuto de limitaciones de lesiones personales de California

En California, el estatuto de limitaciones para los casos de lesiones personales es generalmente de dos años a partir de la fecha de la lesión. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) Esto significa que una demanda por lesiones personales generalmente debe presentarse dentro de los dos años posteriores a la fecha de la lesión para que sea considerada por el tribunal. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1)

Hay algunas excepciones a esta regla general, incluidos los casos de lesiones a menores o lesiones resultantes de enfermedades latentes. (Código de Procedimiento Civil de California § 340.1)

En los casos de lesiones a menores, el plazo de prescripción puede extenderse hasta que el menor cumpla 18 años, con una extensión máxima de tres años. (Código de Procedimiento Civil de California § 352) Esto significa que una demanda por lesiones personales que involucre una lesión a un menor generalmente debe presentarse dentro de los tres años posteriores a la fecha de la lesión o dentro de los tres años posteriores al cumpleaños número 18 del menor, lo que ocurra más tarde. (Código de Procedimiento Civil de California § 352)

En los casos que involucran enfermedades latentes, el estatuto de limitaciones puede extenderse hasta que se descubra la lesión o razonablemente debería haberse descubierto. (Código de Procedimiento Civil de California § 340.5) Esto significa que una demanda por lesiones personales que involucre una enfermedad latente puede presentarse en cualquier momento antes de que se descubra la lesión o razonablemente debería haberse descubierto, hasta un máximo de tres años a partir de la fecha de la lesión. (Código de Procedimiento Civil de California § 340.5)

Es importante estar al tanto de estas excepciones al estatuto general de limitaciones en California y presentar un reclamo dentro del plazo apropiado para preservar su derecho a buscar una compensación por sus lesiones. (Código de Procedimiento Civil de California § 340.1, § 352, § 340.5)

Consecuencias de no presentar una reclamación dentro del plazo de prescripción

Si una demanda por lesiones personales no se presenta dentro del plazo apropiado, puede estar prohibida por el estatuto de limitaciones y la parte lesionada puede ser incapaz de buscar una compensación por sus lesiones. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) Esto significa que si no presenta su reclamo por lesiones personales dentro de los límites de tiempo establecidos en el estatuto de limitaciones de lesiones personales de California, es posible que no pueda buscar una compensación por sus lesiones, independientemente de los méritos de su caso. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1)

Es importante estar al tanto del estatuto de limitaciones de lesiones personales en California y presentar un reclamo dentro del plazo apropiado para preservar su derecho a buscar una compensación por sus lesiones. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) Esto es especialmente importante dadas las posibles consecuencias de no presentar un reclamo dentro del marco de tiempo apropiado, que puede incluir la incapacidad de buscar una compensación por sus lesiones y la posible pérdida de sus derechos legales. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1)

También vale la pena señalar que incluso si puede presentar un reclamo por lesiones personales después de que el estatuto de limitaciones haya expirado, puede ser más difícil perseguir con éxito su reclamo debido al paso del tiempo. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) Esto se debe a que puede ser más difícil reunir y presentar pruebas, localizar testigos y establecer los daños incurridos como resultado de la lesión después de que haya pasado un tiempo significativo. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) Por estas razones, es importante actuar con prontitud y presentar un reclamo por lesiones personales dentro del plazo apropiado para preservar sus derechos legales y aumentar sus posibilidades de un resultado exitoso. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1)

Tenga en cuenta los estatutos de limitaciones

El estatuto de limitaciones de lesiones personales es un límite de tiempo legal dentro del cual una parte lesionada debe presentar un reclamo de compensación por sus lesiones. En California, el estatuto de limitaciones para los casos de lesiones personales es generalmente de dos años a partir de la fecha de la lesión. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) Sin embargo, hay algunas excepciones a esta regla general, incluidos los casos de lesiones a menores y lesiones resultantes de enfermedades latentes. (Código de Procedimiento Civil de California § 340.1, § 352, § 340.5)

Si una demanda por lesiones personales no se presenta dentro del plazo apropiado, puede estar prohibida por el estatuto de limitaciones y la parte lesionada puede ser incapaz de buscar una compensación por sus lesiones. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) Es importante estar al tanto del estatuto de limitaciones de lesiones personales en California y presentar un reclamo dentro del plazo apropiado para preservar su derecho a buscar una compensación por sus lesiones. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1)

Hay una serie de pasos que puede tomar para asegurarse de que su reclamo por lesiones personales se presente dentro del plazo apropiado en California, incluida la búsqueda de atención médica lo antes posible, el mantenimiento de registros y hablar con un abogado calificado en lesiones personales. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1) Al seguir estos consejos y buscar la orientación de un abogado calificado en lesiones personales, puede aumentar sus posibilidades de presentar con éxito un reclamo por lesiones personales dentro del plazo apropiado en California. (Código de Procedimiento Civil de California § 335.1)

Testimonios de Nuestros Clientes

No sé nada de leyes, y mucho menos cómo navegar a través de ellas. Anderson fue más que útil y paciente conmigo ya que ambos lidiamos con una demanda de BS. No puedo recomendarlo lo suficiente, y no perdería mi tiempo en...

Tony

Tuve el placer de hablar con Anderson y fue muy amable y servicial, y se tomó el tiempo para hablar y explicar los diversos problemas en juego con mi situación. Su tipo de servicio es el más buscado y el más apreciado.

John

El abogado Franco es amable y comprensivo. Él es conocedor y paciente para explicarnos cada detalle de lo que tenemos que hacer. Él te apoyará durante todo el camino. Gracias de nuevo Abogado.

Thelma

Vivía en un apartamento de alquiler controlado en San Francisco. Cuando tuve un problema muy frustrante con un compañero de cuarto, busqué un abogado y encontré a Anderson Franco. Recibí una llamada de Anderson casi de...

Adam

No sé nada de leyes, y mucho menos cómo navegar a través de ellas. Anderson fue más que útil y paciente conmigo ya que ambos lidiamos con una demanda de BS. No puedo recomendarlo lo suficiente, y no perdería mi tiempo en...

Tony

Mi esposa y yo pasamos por una demanda muy complicada que duró más de 4 años. Anderson fue uno de nuestros abogados. Fuimos muy afortunados de tener a Anderson de nuestro lado defendiéndonos y defendiéndonos de nuestros...

Cory

Me comuniqué con el Sr. Franco, estaba en una mala situación en la que mi arrendador intentaba desalojarme ilegalmente y me amenazaba con apagar la calefacción en invierno dentro de 2 semanas, también en una unidad que...

Anónimo

Tuve el placer de hablar con Anderson y fue muy amable y servicial, y se tomó el tiempo para hablar y explicar los diversos problemas en juego con mi situación. Su tipo de servicio es el más buscado y el más apreciado...

John

No es la primera vez que utilizo la asistencia de un abogado. El Sr. Franco fue más que excelente, se tomó el tiempo para responder mis preguntas en detalle ya que mi inglés es un segundo idioma y no entendía la mayoría...

Emad

El abogado Franco es amable y comprensivo. Él es conocedor y paciente para explicarnos cada detalle de lo que tenemos que hacer. Él te apoyará durante todo el camino. Gracias de nuevo Abogado.

Thelma

Fue un placer trabajar con Franco y me brindó una guía invaluable y pasos de acción mientras yo estaba lidiando con una situación legal difícil que involucraba a mi familia. Sin su ayuda, no habría logrado obtener lo que...

Katie

Contáctenos

Llene el formulario o llámenos al (415) 727-1832 para programar su consulta gratuita.
  • Consulta Gratuita
  • Evaluación de Casos Sin Compromiso
  • Millones Recuperados Para Nuestros Clientes

Contáctenos Para Una Evaluación Gratuita De Su Caso

Al hacer clic en 'Contáctenos Ahora', usted acepta los Términos de Uso y la Política de Privacidad de Anderson Franco Law. Usted consiente en recibir llamadas telefónicas y mensajes SMS de Anderson Franco Law para proporcionar actualizaciones e información sobre su relación comercial con Anderson Franco Law. La frecuencia de los mensajes puede variar. Se pueden aplicar tarifas de mensajes y datos. Responda STOP para optar por no recibir más mensajes. Responda HELP para obtener más información. Consulte nuestra Política de Privacidad.